Los 91 diputados de la Asamblea Nacional aprobaron este jueves una reforma al artículo 159 de la Constitución Política y a la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que dejó sin el 4% constitucional del Presupuesto General de la República (PGR) a este poder del Estado.
La reforma fue aprobada con "trámite de urgencia" y es la segunda que se realiza para quitarle atribuciones a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que se encuentra sumergida en una crisis con despidos de altos funcionarios y otros trabajadores de menor rango.
Entre los argumentos de la aplanadora oficialista para reformar la constitución en primera legislatura, está el "homologar la disposición sobre la asignación de recursos de los Poderes del Estado y suprimir la rigidez presupuestaria".
Antes de la reforma, el artículo 159 de la Constitución se leía de la siguiente manera: “Los tribunales de justicia forman un sistema unitario, cuyo órgano superior es la Corte Suprema de Justicia. El Poder Judicial recibirá no menos del cuatro por ciento del Presupuesto General de la República. Habrá tribunales de apelación, jueces de distrito, jueces locales, cuya organización y funcionamiento será determinado por la ley. Se establece la Carrera Judicial que será regulada por la ley. Las facultades jurisdiccionales de juzgar y ejecutar lo juzgado corresponden exclusivamente al Poder Judicial. Los tribunales militares sólo conocerán las faltas y delitos estrictamente militares, sin perjuicio de las instancias y recursos ante la Corte Suprema de Justicia”.
Ahora, el mismo artículo se leerá así: “Los Tribunales de Justicia forman un sistema unitario cuyo órgano superior es la Corte Suprema de Justicia. Habrá Tribunales de Apelación, jueces de Distrito, jueces Locales, cuya organización y funcionamiento será determinado por la ley. Se establece la carrera judicial que será regulada por la ley. Las facultades jurisdiccionales de juzgar y ejecutar lo juzgado corresponden exclusivamente al Poder Judicial. Los Tribunales militares sólo conocerán las faltas y delitos estrictamente militares, sin perjuicio de las instancias y recursos ante la Corte Suprema de Justicia. El Poder Judicial recibirá una partida del Presupuesto General de la República para el cumplimiento de sus funciones”.
Con esto, el 4% que tenía por ley la CSJ queda eliminado y será Daniel Ortega quien determine el monto que le será asignado.
De igual forma, los diputados oficialistas y de las bancadas colaboracionistas reformaron el artículo 84 de la Ley 260, para equilibrar la sustracción del 4% al Poder Judicial.
Antes de ser cambiado, el artículo establecía que "el presupuesto anual del Poder Judicial es no menor del 4 por ciento del Prespuesto General de la República" y ahora manifesta que "el poder judicial recibirá una partida del Presupuesto General de la República para el cumplimiento de sus funciones".
Finalmente, también realizaron modificaciones al artículo 87 de esa misma ley, para restarle facultades a la Comisión de Administración del Poder Judicial, que era la encargada de supervisar la ejecución del prespuesto y esa responsabilidad ahora cayó en manos del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial de ese poder del Estado.
Comments