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Mediación no se ha eliminado en casos de accidentes graves, explica penalista




A través de una circular administrativa se ha orientado a los fiscales auxiliares de todo el país como debería ser el comportamiento y posiciones en los procesos legales de accidentes graves con lesionados y muertos. Al respecto el máster en derecho Penal Noel Alonso Cano indica que esto no altera lo que hasta ahora se ha venido haciendo en estos casos.


“La fiscalía se va a oponer rotundamente que no haya ningún tipo de mediación en los casos en los cuales los conductores se les demuestre que el proceso con colisión de resultados lesiones, muertes, daños; esas personas no puedan lograr una mediación con las víctimas, ni antes, ni durante ni mucho menos en la fase de ejecución” explica el abogado

Cano asegura que, bajo la objetividad, esta nueva posición tiene una intención sana, que busca incidir en las decisiones de los judiciales acerca de otorgar la libertad o no a los involucrados en estos procesos, pero que se genera una polémica.



Jueces entre la espada y la pared

El abogado explica que los fiscales solo son una parte en este proceso, en este caso quienes representan a la víctima y a la sociedad, pero hay otra parte que es el acusado.


“Entre los dos que hay un antagonismo que es divido por el juez, es ante él que se comparece, se proponen teoría y es el juez quien decide si es culpable o no, este juez debe garantizar el derecho de ambas partes como proceso de garantía, por lo que la ley orgánica orienta que los autoridades deben obedecer a dos fuentes, la constitución política y las leyes de la república, por lo que se crea una controversia cuando fiscalía orienta que no se le de beneficio y que se prive de la libertad”, detalló el abogado penalista

Las mediaciones no están derogadas

Noel Alonso Cano, máster en Derecho Penal
Noel Alonso Cano, máster en Derecho Penal

Cano aclara que con la postura de la fiscalía, la mediación no ha sido erradicada el proceso judicial. Esto solo sería posible a través de una reforma al Código Procesal Penal vigente en Nicaragua.


Argumenta que se va a tener una situación donde el juez se preguntará si se apegará al Código Procesal Penal, o lo que pide una de las partes; por lo que deberá valorar como un asunto de elemental justicia si se debería o no brindar la libertad a una persona.


“Por ejemplo, donde ocurrió un accidente con resultado de muerte, donde el conductor andaba trabajando y andaba desvelado y tienen una familia numerosa que mantener, ¿es justo o es correcto que esta persona no goce de lo que el código dice que debe de gozar?, si ese trabajador para la empresa en la cual trabaja ofrece una buena indemnización y la victima quiere aceptarlo, ¿qué hará el juez? ¿Va a hacer caso a una de las partes o va a administrar justicia?, puntualizó.





El abogado asegura que no todos los accidentes son iguales ya que hay situaciones donde conductores viajan ebrios, drogados, a exceso de velocidad y en las vías de manera irresponsable, que causan muertes y que es con estas personas que se debería ser severos, por sentido común.


En nicaragua Las mediaciones no están derogadas y las penas por causas de muertes va de 2 a 4 años, y de 4 a 8 años cuando la infracción es mayor.


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