El régimen de Daniel Ortega continúa realizando reformas a las leyes, a su gusto y antojo, esta vez mandó a la Asamblea Nacional la iniciativa de Ley General de Telecomunicaciones Convergentes, con la cual sustituirá la Ley 200, Ley General de Telecomunicaciones y Correos Postales.
El motivo principal de Ortega para crear esta nueva ley, es porque según él, Nicaragua necesita disponer de un marco legal regulatorio y de políticas públicas que esté en armonía con los "avances científicos y tecnológicos", por lo que la Ley 200 la considera obsoleta por su "limitada capacidad" para "regular nuevos y complejos escenarios".
Con esta nueva Ley, el régimen, a través del Instituto de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR), pretente "normar, regular, planificar, supervisar, fiscalizar y desarrollar el sector de las telecomunicaciones, además, establecerá disposiciones para la planeación, administración, supervisión, control y gestión del uso y aprovechamiento de los recursos públicos del espectro radioeléctrico, recursos orbitales y recursos públicos de numeración.
Telcor tendrá acceso a datos de empresas
El documento enviado por Ortega a la Asamblea Nacional consta de 94 páginas y 154 artículos, entre los que establece que TELCOR podrá intervenir en la elaboración de los contratos, fiscalización de tarifas por los servicios ofertados, además, las empresas u operadores deberán permitir el acceso a los funcionarios de la institución para la realización de inspecciones técnicas, financieras o contables.
Asimismo, obliga a los operadores de telecomunicaciones y proveedores de servicios de comunicaciones audiovisuales e internet a suministrar toda la información solicitada, entre estadística, geofísica y de los clientes.
Oficializa transmisión de discursos
La Ley de Telecomunicaciones Convergentes también establece la obligatoriedad de los operadores y proveedores de servicios a transmitir los discursos públicos de Daniel Ortega o cualquier otro acto.
También manda a poner a disposición del régimen de forma gratuita las instalaciones y servicios en caso de emergencia nacional o regional, así como la "obligación de acceso y uso compartido de instalaciones esenciales", que los obliga a permitir el acceso y uso compartido de su infraestructura física, redes, elementos de redes, recursos, entre otros.
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