Después del 11 de mayo dará por finalizado en Estado Unidos el Título 42, la medida que permitía la expulsión de migrantes en la frontera terrestre del país norteamericano, pero basicamente El Departamento de Seguridad Nacional volverá a hacer cumplir plenamente estas leyes de inmigración bajo el Título 8, colocando a las personas en procedimientos de deportación y expulsando a aquellos que no tienen base para permanecer en los Estados Unidos.
Las personas que sean deportados por cruzar de manera irregular la frontera "se presumirá que no es elegible para asilo o para la vías legales, en ausencia de una excepción aplicable", aseguran.
A diferencia del Título 42, las leyes del Título 8 imponen consecuencias penales y de inmigración para aquellos que cruzan la frontera ilegalmente: incluidas órdenes finales de expulsión, deportación, una prohibición de cinco años para volver a entrar y un posible proceso penal si intenta volver a entrar.
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Desde principios de enero los departamentos de Seguridad Nacional (DHS) y de Justicia (DOJ), anunciaron que como parte del reemplazo del Título 42 se fortalecerá una política temporal de asilo que exige a inmigrantes originarios de Cuba, Haití y Nicaragua un patrocinador autorizado por las autoridades federales de inmigración quienes, una vez aprobados, solo pueden hacerlo vía aérea y con un pasaporte válido, con el objetivo de desarrollar una migración ordenada.
En febrero de 2023, la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (CBP), procesó a más de 20.000 personas que agendaron su entrevista en la aplicación móvil CBP One. En el mismo mes, los agentes de la Patrulla Fronteriza tuvieron 154.998 encuentros con personas que intentaban cruzar la frontera sur de manera irregular.
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